Con multas que pueden alcanzar hasta 4.6 millones de pesos, los proveedores de internet se verán obligados a retirar de sus plataformas todo tipo de material audiovisual y digital, incluyendo obras literarias, artísticas y de parodia, en un plazo determinado. Esta medida se implementará a partir del próximo martes, según ha informado la Comisión de Economía y Comercio de la Cámara de Diputados, que aprueba esta reforma legal propuesta por la Presidenta de la República para acelerar la eliminación de contenidos que utilicen material con derechos de autor sin autorización.
La nueva disposición, que crea el artículo 114 Nonies a la Ley Federal del Derecho de Autor, establece que los proveedores de servicios de internet serán responsables de cualquier infracción cometida por sus usuarios si no actúan con diligencia y rapidez para retirar contenido no autorizado. Esto incluye la contribución o inducción a la conducta infractora y el conocimiento de la misma por parte del proveedor, especialmente si obtiene beneficios financieros directamente relacionados con la infracción.
La multa máxima se aplicará a los proveedores que no retiren contenido ilegal de manera expedita, llegando a un máximo de 4.6 millones de pesos, mientras que la sanción mínima para la retransmisión no autorizada de emisiones de radiodifusión será de mil UMAS (unos 117 mil 310 pesos).
Además, se añaden dos nuevos artículos clave a la Ley Federal del Derecho de Autor: el 114 Octies y el 114 Nonies, que regulan la responsabilidad del proveedor de servicios de internet en la eliminación de contenido no autorizado. Según el artículo 114 Octies, los proveedores deben actuar de manera inmediata y eficaz para remover, retirar, eliminar o inhabilitar el acceso a materiales o contenidos que no cuenten con el consentimiento del titular del derecho de autor.
La reforma legal introduce sanciones pecuniarias que van desde 580 mil 550 pesos hasta 4 millones 692 mil 400 pesos para los proveedores que incumplan estas disposiciones, incluyendo la difusión de obras protegidas por derechos de autor, el uso indebido de imágenes, la reproducción no autorizada de obras cinematográficas, y la importación o venta de dispositivos que permitan desactivar sistemas de protección de software.
La exposición de motivos destaca que esta regulación busca cerrar los espacios de impunidad en el entorno digital, fomentando la participación de los intermediarios en la adopción de medidas de “puerto seguro”. Esto contribuye a garantizar una protección más efectiva de los derechos de autor y conexos, manteniendo un equilibrio que no imponga cargas excesivas a los proveedores de servicios de internet que actúan de buena fe. La reforma promueve un ecosistema digital más justo, seguro y respetuoso del marco jurídico vigente.